ACUERDO DE TRASPASO DE SOBERANÍA Y ADMINISTRACIÓN SOBRE LA REGIÓN
DE LLANURAS DE PINK AL ESTADO SOCIAL DE EL DORADO
Las micronaciones firmantes
de este Tratado, a través de sus respectivos representantes oficiales y como
respuesta ante la finalización de la presencia del Reino Virtual de Rotham en
el Antiguo Estado Virtual de Miurer, a fin de que la antigua región miurensa de
Llanuras de Pink quede unificada en la antigua región miurensa de Pink,
acuerdan y se comprometen a acatar formalmente los siguientes puntos:
Uno. El Estado de
Miurer concede la plena soberanía y administración al Estado Social de El Dorado sobre la antigua región miurensa de Llanuras de Pink, a fin de que esta
región quede anexada y unificada en la antigua región miurensa de Pink, que en
la actualidad se encuentra incluida dentro del Estado Asociado de Kempinski
desde el doce de febrero de dos mil dieciséis.
Dos. El Estado
Social de El Dorado debe preservar el derecho a mantener la identidad miurensa,
al igual que debe otorgar la posibilidad de la autodeterminación micronacional en
su país. Debe mantener y respetar las tradiciones y estilo de vida de la
sociedad miurensa.
Tres. El Estado
Social de El Dorado tiene el derecho a la libre utilización del territorio
entregado, siempre y cuando sean acciones a beneficio del conjunto de la
sociedad miurensa. A mayor abundamiento, el Estado Social de El Dorado tiene el
derecho a emplear el territorio con fines militares y científicos, siempre y
cuando sea con el propósito de proteger a la sociedad miurensa.
Dado el 18 de mayo de 2020 en Civita.
Por el Estado de Miurer: S.Exc. Guillermo Hansbreck.
Por el Estado Social de El Dorado: S.E Luis Felipe Lugo
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